Por Tito Drago (*)
Hay una palabra que se utiliza una y otra vez para calificar a los inmigrantes que ingresan a un país sin haber cumplido con los trámites consulares o aduaneros establecidos por las autoridades del mismo: ilegales, término que emplean la mayoría de los medios de comunicación de todos los países, con independencia de su orientación editorial o política.
Según el Diccionario de la Real Academia Española de la lengua,
''ilegal'' significa ''Que es contra la ley''. ''Ley'', añade, es ''Regla
y norma constante e invariable de las cosas, nacida de la causa primera o de
las cualidades y condiciones de las mismas . Precepto dictado por la ley
competente, en que se manda o prohibe algo en consonancia con la justicia y
para el bien de los gobernados''.
A tenor de esa definición no se puede decir con fundamento que la inmensa
mayoría de los migrantes y en especial los de los sectores más
empobrecidos, estén ''contra la ley''. Otra cosa sería
que el término fuese utilizado para referirse a sectores minoritarios
y multimillonarios que entran y salen de los países sin problemas, aunque
muchos de ellos pertenezcan a mafias que participan en el negocio del narcotráfico,
la prostitución o la venta de armas.
En la definición de la RAE también se expresa que la ley es un
precepto por el que ''se manda o prohibe algo en consonancia con la justicia
y para el bien de los gobernados''. Vale decir, si fuera correcto aplicar
ese término, que los inmigrantes calificados de ''ilegales''
serían personas que estarían en contra de la justicia y del bien
de los gobernados, o sea de los ciudadanos.
Pruebas de que muchos medios califican de esta forma a los migrantes las hay
a miles y en todos los países. Por ejemplo, el diario en español
de mayor venta en el mundo, Clarín, de Buenos Aires, el 22 de septiembre
tituló una noticia ''El drama de los inmigrantes ilegales'' en
la que informó sobre Ghosts, una película del británico
Nick Broomfield, en la que éste para condenar la discriminación
narra el drama de 23 inmigrantes chinos muertos mientras recogían mariscos.
Broomfield no utilizó el término ''ilegales'' para referirse a
ellos, pero el diario sí lo hizo.
Otro diario argentino, Página12, una semana después puso
de título a una nota ''Todos los gobiernos proponen la lucha contra
la inmigración clandestina como uno de los principios de su acción'',
hablando en el texto de ''ambas migraciones, la clandestina y la legal''.
En la misma línea titularon el diario Los Tiempos, de Bolivia,
al decir el 22 de septiembre que ''Las tragedias y los efectos de la inmigración
ilegal serán el plato fuerte del Festival de Cine de San Sebastián'',
el mexicano El Universal titulando el uno de septiembre que ''Los
inmigrantes ilegales ven cada vez más difícil hallar trabajo en
Estados Unidos'' y el español El País informando
el 14 de septiembre que ''Senegal suspende la repatriación de inmigrantes
ilegales llegados a Canarias''.
Los ejemplos son inacabables, en todos los países; en Brasil, La
Folha de São Paulo, informó el uno de octubre de que Estados
Unidos programa una muralla a lo largo de la frontera con México ''como
forma de combater a imigração ilegal'', el chileno El
Mercurio, dos días antes informó que ''al detectarse
un bus que transportaba a inmigrantes ilegales desde la zona norte hacia la
capital, el Gobierno anunció que promovería una reforma a la Ley
de Extranjería, para penalizar a las bandas que organizan tal transporte''.
El término ''ilegal'' se utiliza incluso cuando se informa
acerca de hechos que se proponen reivindicar positivamente a estas personas,
como ha sucedido con la presentación en el Festival Internacional de
Cine de Venecia de la película ''Children of Men'' del mexicano
Alfonso Cuarón. En esta ocasión el lenguaje utilizado por el diario
El Comercio, de Ecuador, aún informando correctamente sobre
la intención del cineasta de mostrar el sufrimiento de los inmigrantes,
los califica de ilegales al poner que la película muestra ''Una ciudad
contaminada y en conflicto, con ataques terroristas, en el que los inmigrantes
ilegales son encerrados en campos de refugiados y las mujeres se volvieron infértiles''.
Así, al referirse a una obra cinematográfica orientada a
defender los derechos de estas personas la información falla en lo fundamental,
pues califica a las mismas de manera injusta y agraviante al agregar la palabra
''ilegales''. Bastaba con poner ''inmigrantes''.
CON LA LEY Y LA JUSTICIA INTERNACIONAL
No caben dudas de que las personas que ingresan a un país sin
contar con los visados u otros papeles exigidos en el mismo no son clandestinas
ni ilegales, pues por ese solo hecho no están actuando contra la ley
o la justicia. Y si, en principio, deben primar las leyes nacionales, no se
deben dejar de lado los acuerdos y convenciones internacionales, así
como las normas que desde tiempos inmemoriales rigen los usos y costumbres.
Por ello es exigible que el mundo periodístico y los responsables de
los medios de comunicación seas concientes de que existen acuerdos, declaraciones
y compromisos globales sobre los derechos humanos y que, aunque algunos países
no los acepten o respeten, para los periodistas deben ser una severa guía
de conducta. Y así como cuando se informa sobre actos de violencia es
necesario diferenciar entre ''terroristas'' e ''insurgentes'',
con independencia de lo que ''legislen'' los estados respectivos, al
hacerlo sobre migraciones se deben manejar idénticos criterios, ateniéndose
al bien común.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos suscripta en 1948 a
poco de haber sido fundada la Organización de las Naciones Unidas, comienza
su preámbulo estableciendo que ''la libertad, la justicia y la paz
en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca
y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia
humana'' y en su primer artículo especifica que ''Todos los
seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como
están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente
los unos con los otros''.
En 1966 esta declaración se amplió con un Pacto que en su artículo
quinto puntualiza: ''No podrá admitirse restricción o menoscabo
de ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidos o vigentes en un
país en virtud de leyes, convenciones, reglamentos o costumbres, a pretexto
de que el presente Pacto no los reconoce o los reconoce en menor grado''.
Es decir que ninguna ley o reglamento podrá restringir o menoscabar los
derechos fundamentales y en especial los reconocidos en la Declaración
Universal cuando ésta concreta que los ciudadanos del mundo deben ser
''libres e iguales en dignidad y derechos'', recordando que ''no
podrá admitirse restricción'' a esos derechos fundamentales
mediante leyes, convenciones, reglamentos o costumbres.
Posteriormente se firmó una convención de la ONU (1990) sobre
los derechos de los trabajadores migrantes y sus familias, en consonancia con
los acuerdos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que
ya en 1919 se pronunció sobre la reciprocidad de trato a los mismos,
a los que se agregaron años después otros acuerdos y tratados.
Asimismo, en el ámbito iberoamericano hay que tener presentes las declaraciones
de los gobernantes de los 22 países que en las dos últimas décadas
se han referido a este tema en las Cumbres Iberoamericanas, descartando utilizar
en todas sus declaraciones el concepto de migrantes ilegales, clandestinos o
similares.
En consecuencia, no hay que olvidar que cuando con buena voluntad y procurando
no usar el término ''ilegales'' se habla de ''inmigrantes
irregulares'' tampoco se acierta, pues se estaría diciendo que éstos
no cumplen las reglas, siendo que es regla o ley aquello que ''se manda
o prohibe algo en consonancia con la justicia'', según la RAE, cuyas
definiciones son aceptadas por las demás academias de la lengua española.
Y si leemos en el DRAE lo que se entiende por justicia vemos que es ''Una
de las cuatro virtudes cardinales, que inclina a dar a cada uno lo que le corresponde
o pertenece. Derecho, razón o equidad. Conjunto de todas las virtudes,
por el que es bueno quien las tiene. Aquello que debe hacerse con derecho o
razón''.
NO HAGAS LO QUE NO QUIERAS QUE TE HAGAN
En consecuencia, si se trata de dar a cada uno lo que le corresponde
''con derecho o razón'' no caben dudas de que el derecho, la razón
y la equidad están a favor de que a los migrantes se les reconozcan sus
derechos. ¿Cuáles son los límites? Los que se aplican a
los demás ciudadanos del país: no delinquir y cumplir las leyes
y normas de convivencia existentes en el mismo. Mientras los migrantes cumplan
con ellas no pueden ser calificados de ilegales, tampoco de irregulares, si
por ser regular se entiende que no se está infringiendo la ley.
Otra alternativa, que se suele utilizar, es la de calificarlos de ''sin
papeles'', aunque tengan documentos de identidad de su país de origen.
Si bien puede tener una connotación negativa, esta de ''sin papeles''
no es tan dura como las otras dos definiciones y ya se sabe que entre
todos los males conviene siempre elegir el mal menor.
Los periodistas y los responsables de los medios de comunicación deberíamos
tomar esto en cuenta y unirlo a lo tantas veces dicho respecto de la xenofobia,
el racismo y el patriotismo mal entendido, que llevan a despreciar a los inmigrantes
por el solo hecho de tener otro color de piel, profesar otra religión,
hablar otro idioma o simplemente venir de otro país.
Y todo ello habría que hacerlo, para ser ''legales'', teniendo presente
lo que dijo Voltaire: ''El derecho humano no puede fundarse en ningún
caso más que en el derecho de la naturaleza y el gran principio universal:
No hagas lo que no quieras que te hagan''.
(*) Escritor y periodista, es Director General de Comunica y Director de
Inter Press Service (IPS) España.