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5.4.21

¿Es posible financiar una Renta Básica?

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Por Jordi Arcarons (*)

Hace poco más de dos meses escribí aquí mismo un artículo que también empezaba con una pregunta relativa a la Renta Básica. Esta vez, la pregunta es mucho más concisa y la respuesta que ya avanzo es claramente afirmativa. I

Intentaré aportar algunas evidencias que permitan rebatir uno de los principales argumentos que los detractores de la Renta Básica utilizan para desprestigiarla, esto es su inviabilidad económica. Aunque, en mi opinión, el problema es fácil de resolver dándole la vuelta y preguntándonos cuánto nos cuesta no tener una Renta Básica.

Desde la Red Renta Básica en los últimos años se han realizado diversos estudios a partir de los cuales se puede evaluar la viabilidad de la propuesta de la Renta Básica (RB). Aquí y aquí pueden consultarse los detalles más formales de los diferentes modelos de financiación de la RB elaborados. Las principales características de los mismos pueden resumirse en lo siguiente:

1) Propuesta de una cantidad para la RB que permita garantizar las condiciones materiales para la existencia de las personas.

2) La RB substituye cualquier otra cantidad económica que se perciba por parte del Estado, siempre que esta cantidad sea inferior a la RB; pero si es superior, la parte que la supera se seguirá percibiendo en las mismas condiciones.

3) La RB no estará gravada por el IRPF.

4) La financiación de la RB se consigue fundamentalmente mediante una reforma del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) en la que pueden colaborar también la introducción y/o reformas de otras figuras impositivas.

5) Para financiar la RB, no debe detraerse ninguna cantidad de lo que se recauda vía IRPF, para mantener los pilares fundamentales de la inversión social que realiza el Estado como la sanidad y la educación.

La primera cuestión a determinar es la cantidad dineraria que debe suponer la RB.

El sentido común nos lleva a los indicadores objetivos que determinan la situación de pobreza relativa. El más popular es el umbral de la pobreza, que es aquella cantidad por debajo de la cual una persona es considerada pobre dentro de su entorno económico. La definición más formal, como siempre menos comprensible, dice que el umbral de la pobreza equivale al 60% de la mediana de la renta disponible equivalente. Su cálculo para el Reino de España, utilizando la Encuesta de Condiciones de Vida (ECV) del último año 2019 publicado, nos da una cifra de 9.009 euros anuales. Lo que significa que en 2019 una unidad de convivencia (UdC) de una única persona se consideraba pobre si sus ingresos netos eran inferiores a 9.009 euros anuales. Mientras que una UdC integrada por dos personas adultas y dos personas de edad inferior a los 14 años también lo era si sus ingresos netos no alcanzaban los 18.918,9 euros anuales. En este segundo ejemplo, se ha multiplicado el umbral de la pobreza (9.009) por la escala de equivalencia de la OCDE (2,1) correspondiente a la UdC que otorga 1 a la primera persona adulta; 0,5 a la segunda persona adulta y 0,3 a cada una de las personas menores de 14 años que la integran. La escala de equivalencia sirve para ponderar el tamaño de la UdC y es una forma de repartir sus costes fijos de mantenimiento entre sus integrantes, bajo el supuesto de que aquellos decrecen en función del número de personas.

Así, pues, el umbral de la pobreza que determina el año en curso, considerando la composición de la UdC, es la cantidad de la RB a transferir, que quedará distribuida individualmente entre cada uno de los integrantes de la UdC.

Otro elemento esencial que interviene en el modelo de financiación de la RB es una reforma del IRPF. Se utiliza este impuesto porque, por amplio consenso en la literatura, es la figura recaudatoria con la que el Estado mejor puede garantizar la redistribución de la renta. Pues, bien, en el Reino de España desde su puesta en marcha, hace ya más de 40 años, el IRPF ha ido perdiendo, como consecuencia de algunas de las reformas introducidas, parte de su capacidad de impuesto progresivo y redistributivo. En relación a la primera de estas dos cuestiones es patente el efecto contrario en diversas reducciones y deducciones que intervienen en su liquidación (para el ejercicio actual, se ha aprobado una modificación importante en una de estas reducciones, la que afecta a los planes de previsión que con toda certeza tendrá un efecto corrector progresivo destacable en el impuesto) y, aún más importante, la discriminación de tipos marginales que gravan las rentas del trabajo y las rentas especulativas, denominadas con el eufemismo del ahorro, mucho más favorables a las últimas (por ejemplo, en Cataluña la diferencia puede alcanzar los 25 puntos porcentuales). En el caso de la redistribución, utilizando la información que se desprende de la ECV, su efecto no va más allá de un 3,8 %. Este porcentaje equivale a la disminución de la desigualdad de la distribución de la renta que se consigue después de haber pagado este IRPF; dicho de otra forma, mide el grado de transferencia de rentas desde los más ricos a los más pobres que genera el impuesto. Este valor tan bajo, aún es más alarmante si lo ponemos en el contexto internacional, ya que según Eurostat, con datos correspondientes a 36 estados, el Reino de España ocupa la poco envidiable posición 27 en el índice de Gini, indicador también de amplio consenso general para analizar el grado de desigualdad en la distribución de la renta y teniendo presente que por detrás suyo, es decir en una posición peor, se sitúan economías tan poco comparables como Serbia, Montenegro, Rumanía, Letonia, Lituania, Bulgaria, Turquía y Albania.

Por lo tanto, la reforma del IRPF que puede hacer viable la financiación de la RB debe combinar la transferencia que supone la RB con la corrección del grado de progresividad y redistribución del IRPF.

Los estudios a los que me he referido al comienzo ponen de manifiesto que esta combinación genera un efecto redistributivo mucho más elevado del nuevo impuesto y una mejora enorme en la desigualdad de la distribución de la renta una vez devengado el nuevo IRPF. Les cifras en este sentido son contundentes, porque en todos los supuestos efectuados el índice de Gini disminuye en más de 12 puntos porcentuales, situándose entre los valores más igualitarios de la Unión Europea. Así mismo, los efectos redistributivos se ven multiplicados per más de 3,5 veces respecto a la situación actual.

Otro aspecto relevante es quién resulta beneficiado y quién perjudicado con este esquema-modelo de RB. Basta recordar algunas de las cuestiones que se planteaban en mi primer artículo, concebir la RB como universal e incondicional, no quiere decir que todo el mundo gane con su implementación. Precisamente, esta es la justificación para que toda persona la reciba, también los más ricos. Pero, tal como señalan los estudios referidos, los impuestos que estos más ricos deberán pagar de más permitirán financiar la RB a muchas otras ciudadanas y ciudadanos. Y esta es una cuestión esencial, para entender que el coste de la RB no consiste en multiplicar el número de perceptores por la cantidad transferida y decir que esto es una monstruosidad, que es un porcentaje del PIB inasumible y que, en consecuencia, la RB no se puede financiar. No es así, porque el aumento del efecto redistributivo que antes he señalado genera una transferencia desde los segmentos de población más rica a los de población más pobre y esto es lo que garantiza su viabilidad financiera. En este sentido, los resultados que se pueden aportar de todos los supuestos efectuados revelan una transferencia desde los percentiles 80-90 y 90-100 de la distribución de la renta, hacia los percentiles por debajo del 80, que puede oscilar según los supuestos entre los 35.000-50.000 millones de euros. Ello permite garantizar un 80% de Udc ganadoras frente a un 20% de perdedoras. Estas últimas corresponden, lógicamente, a las rentas de los más ricos.

Con todo lo apuntado hasta el momento es claro que implementar una RB no es una cuestión sencilla, incluso desde el punto de vista financiero. La idea de reducir impuestos, tan presente en el ideario conservador, como la propuesta respecto a la supresión del impuesto sobre el patrimonio efectuada últimamente por Fomento del Trabajo, los repetidos anuncios sobre la rebaja del IRPF en diferentes comunidades dirigidas por alianzas conservadoras o la desaparición/olvido de la creación de un impuesto sobre la riqueza presente en las primeras formulaciones del programa de la coalición PSOE-UP actualmente en el gobierno, son algunos ejemplos bien palpables de los obstáculos que deberán superarse.

Mi opinión es que conseguir una RB no es barato, pero sí que es claramente posible y sobre todo es absolutamente necesario. Planteémoslo en forma contraria: cuál es el coste de no tener una RB ? Algunas cifras sobre pobreza que se desprenden también de la ECV, calculando la media del último decenio 2010-2019 (lo que permite una visión más estructural del problema) son ciertamente abrumadoras: más de un 21 % de personas en riesgo de pobreza; alrededor de un 9 % de persones en riesgo de pobreza severa (el umbral de la pobreza severa se calcula rebajando al 40 el porcentaje aplicado sobre la renta equivalente); 5,6 % de personas en carencia material severa (se consideran hasta 9 privaciones, entre las que destacan: 1)afrontar gastos imprevistos, 2)ir de vacaciones como mínimo una semana al año, 3)permitirse una comida cada dos días con carne, pollo o pescado o su equivalente para personas vegetarianas, 4)mantener la vivienda a temperatura adecuada; cuando se dan 4 de estas 9 privaciones, el hogar se considera en carencia material severa) y 13,6 % de personas con ocupación de baja intensidad. Y ninguna de estas cifras, tiene presente los efectos de la pandemia que quedaran reflejados cuando se recojan los datos correspondientes al año 2020. Este sí que es un coste que parece haberse instalado estructuralmente en nuestra sociedad y que éticamente es inadmisible. Este es el coste de no disponer de una RB y al que podríamos añadir otras derivadas de la situación descrita más complejas de cuantificar como: las enfermedades mentales, la emigración de jóvenes cualificados, los conocimientos de mucha gente infrautilizados...

(Una versión algo más reducida de este artículo se publicó en catalán y castellano en https://catalunyaplural.cat/ca/es-possible-financar-una-renda-basica/).

 

(*) Jordi Arcarons. Catedrático de Economía Aplicada en la Universidad de Barcelona. Es autor de varios modelos de micro-simulación para analizar el impacto de la implantación de una Renta Básica. Es coautor, junto con Daniel Raventós y Lluís Torrens, del libro "Renta básica incondicional. Una propuesta de financiacion racional y justa" (Barcelona, 2018. Ed. Del Serbal). Es miembro de la Red Renta Básica.

Fuente: www.sinpermiso.info, 28-3-2021