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Cuba: "El derecho al socialismo o un socialismo al derecho". Entrevista

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PorJulio Antonio Fernández Estrada (*)

Carolina García Salas (CGS): Las experiencias (auto)denominadas socialistas se han caracterizado, al menos en sus inicios, por una amplia generación legal. ¿Cuál es el papel concreto de la ley en la construcción del socialismo?

Julio Antonio Fernández (JAF): Esa es una pregunta interesante. En lo primero que pienso es en los clásicos del marxismo. Hay una historia de pensamiento jurídico fuerte dentro de la tradición socialista. El propio Marx le dio una importancia grande al derecho. Además de comenzar su formación como jurista, cuando analizas su lucha política en los primeros años, sus reflexiones sobre el parlamentarismo y otros escritos, notas la importancia que le otorgó a la ley. Lenin también era jurista y escribió mucho sobre el derecho, el Estado.

En la historia del socialismo, sobre todo del llamado socialismo real, ha habido momentos de crisis muy grandes en las concepciones sobre el papel del derecho dentro de la sociedad. Uno de los principales problemas se asocia con puntos de vista muy esquemáticos, a partir de las peores interpretaciones del marxismo, de los manuales soviéticos, de la concepción reduccionista de que el derecho como elemento superestructural es solamente un reflejo de condiciones económicas y expresión de la voluntad de la clase dominante erigida en ley, lo cual es una pésima interpretación de un momento del Manifiesto comunista en el que Marx se está refiriendo específicamente al derecho de la burguesía, no como concepto general. Todo esto eliminó su posibilidad transformadora, de construir algo y de crear valores. Todo eso era considerado burgués, así rápidamente, sin ningún otro tipo de análisis.

Esas visiones tienden a limitar muchísimo el papel del derecho en la sociedad, aunque en algunas etapas se ha considerado determinante, ha habido hasta concepciones que fundamentan que debe ser superado, como el Estado.

Lo peor ha sido cuando se ha querido negar el papel del derecho o pasarle por encima sin tocar al Estado, y un Estado sin derecho es mucho más peligroso; en el mejor escenario posible este debe tener un papel edificante, mediador y constructivo dentro de la sociedad. También si se logran superar las grandes contradicciones de clase, si eso puede pasar, en ese escenario el derecho tiene un papel importante. Digo esto porque hay muchas nociones que defienden que son otras las prioridades, sobre todo en momentos en que la sociedad avanza hacia derroteros más concretos, más pragmáticos.

CGS: ¿Y en el caso cubano? Se ha escrito mucho sobre la influencia del socialismo real en la construcción de nuestro socialismo, ¿en qué medida calaron estas visiones dogmáticas que refiere en las concepciones sobre el derecho?

JAF: La propia Revolución cubana es una especie de síntesis de lo que ha pasado con la historia del pensamiento socialista o de los pensamientos socialistas sobre este tema. En los años 60, pero sobre todo en los 70, había una producción jurídica interesante, incluso se siguió creando derecho, sobre todo desde el punto de vista normativo, aunque también científico. No obstante, la prioridad no era esa y caímos en una especie de nihilismo jurídico muy fuerte donde se suponía que en el acercamiento de la sociedad cubana al comunismo, el derecho iba perdiendo importancia, y aparecieron concepciones muy ingenuas.

La revista Temas tiene un trabajo muy interesante sobre eso, Tras las pistas de la Revolución en cuarenta años de derecho, donde se explican algunas de estas cuestiones, como la idea de que el derecho ya no hacía falta, de que el propio derecho penal cada vez iba a tener menos importancia porque se iban a cometer menos delitos en la sociedad socialista cubana. Estamos hablando de los 70, en pleno "quinquenio gris", que no fue solamente para las artes, sino también para las ciencias y sobre todo para las sociales. También pasó con el derecho: se dejó de matricular la carrera un año, se eliminaron muchas asignaturas relacionadas con el perfil filosófico y teórico; decisiones que hicieron mucho daño a la formación jurídica.

Esta interpretación instrumental del derecho es consecuencia directa del menosprecio de la legalidad y específicamente del Estado de derecho, este último también condenado como concepto burgués. Por lo tanto, a lo más que llegamos fue a la "legalidad socialista", que es una noción muy importante. Hoy nos toca defender ese principio constitucional, está en el Artículo 10 de la Constitución, casi nadie lo usa, pero sería un punto de partida para que el imperio de la ley sea lo que determine las relaciones sociales, las relaciones interpersonales y las relaciones entre el Estado y los ciudadanos.

Ahora bien, también en los años 70 y los 80 hubo mucha gente que creyó que la legalidad socialista era más que eso e interpretaron, muy optimistamente, que en Cuba era un método de dirección estatal, es decir, que el Estado mediante el cumplimiento de la ley debía realizar sus funciones.

Lo otro tiene que ver con el tratamiento que se le ha dado al Estado de derecho en Cuba. Cuando uno mira los pasos que se han dado en los últimos cincuenta años para sujetar al Estado con el derecho, nota que en todos aquel, y específicamente la burocracia, han logrado quedarse completamente desatados. Eso, en el mejor momento de la Revolución, pudo ser muy bueno, como por ejemplo, la producción legislativa del Consejo de Ministros en la etapa de la provisionalidad en Cuba. Del 59 al 76 no tuvimos Congreso. La Ley fundamental de 1959 le otorgó facultades legislativas al Consejo de Ministros. Entonces se podría haber pensado que iba a vulgarizarse la creación jurídica por el camino, que iba a perder profundidad, pero no pasó.

Si nosotros usamos como ejemplo los logros de Cuba en los últimos casi sesenta años, no hay manera de justificar que se haya hecho con un derecho debilitado. Todo eso que se ha logrado hubiera sido mucho mejor y estaría hoy más seguro y defendido si tuviéramos también un derecho duro, no petrificado e inamovible, sino fuerte, en el sentido de la legitimidad, de la participación popular, del impacto real en las relaciones sociales. Legitimidad creo que es la mejor palabra porque reconoce la participación de la gente, que se considere propio.

Ese uso instrumental indica que es urgente que el derecho juegue un rol central, ya no en la construcción del socialismo, sino en tratar que el socialismo sea una opción en el futuro de Cuba. Tengo que decirlo así porque de eso no se habla. Los próximos años van a ser de lucha política en Cuba, y el socialismo va a ser una opción como otras, habría que disputarlo y habría que ver entonces qué socialismo.

En cualquier opción socialista, democrática, pluralista, el derecho debe tener un papel importante, siempre que no se ponga en las manos incorrectas. No se trata de quitarle el derecho a la burocracia para dárselo a las transnacionales, ya el mundo es una muestra de lo que pasa cuando es manipulado por las grandes esferas de poder económico capitalista. Por eso hay tanto ataque a lo jurídico, a lo normativo y al derecho positivo en el pensamiento de izquierda más radical, que no entiende cómo nosotros desde Cuba, defendemos el derecho. Pero es que estamos en una realidad diferente, a nosotros nos hace falta un derecho fortalecido, porque es mejor que la arbitrariedad, que la ausencia. Lo que pasa es que no podemos confundir eso con el derecho creado por tres personas en una oficina, que dicten leyes para todo el pueblo.

CGS: ¿Qué condiciona el desarrollo de ese "derecho fortalecido" en Cuba hoy?

JAF: Cuando miras la producción legislativa, la ciencia jurídica cubana, notas que sigue siendo eminentemente positivista. No tenemos mucha influencia directa del pensamiento jurídico crítico. El pensamiento más revolucionario y progresista de América Latina está poco presente. Hay más presencia del pensamiento liberal y una distancia del que hace una lectura  no colonial del mundo. El derecho cubano desde el punto de vista científico se está pareciendo al pensamiento más reaccionario, conservador, de América Latina.

Entonces ahora hay un pensamiento mucho más pragmático, de más control sobre el futuro inmediato, se va entronizando el oportunismo, el utilitarismo. Ahí, evidentemente, hay quien pierde la ética y toda la vocación política de buscarse problemas se va cerrando y eso al final le hace mucho daño a la creatividad y a la creación jurídica.  

También hay que decir que, desde el punto de vista político, la universidad atraviesa momentos complejos. Su participación en las alternativas de cambio en Cuba es insuficiente. Eso es grave, porque hay mucha gente ahí que tiene la preparación, que vive para estudiar, que están en la cuna del pensamiento, al final ese es el papel de la universidad.

En los años noventa, la gente solía decir: "el derecho es el deporte del pueblo". Esa no es más que una reacción a una mala práctica, porque se ha aprendido cómo cambia el derecho en dependencia del momento.

También es muy común la frase "aquí todo está prohibido", sintomática de que se ha leído el derecho al revés, porque si no está prohibido expresamente está permitido, y es exactamente lo contrario. Esto tiene un costo para el socialismo cubano y le hace mucho daño a la seguridad jurídica, que es lo más importante, no la norma, sino la seguridad jurídica como valor, para que la gente no viva y se sienta desprovista, sin saber qué va a pasar.

La violación de algunos de los principios básicos que aseguran la seguridad jurídica hace mucho daño. Así pasa, por ejemplo, con el más viejo de todos, el de retroactividad. Que la gente sienta  que no sabe si lo que está haciendo hoy lo van a prohibir mañana, y no solo para los actos posteriores sino para el presente, acaba con dos mil años de seguridad jurídica. La irretroactividad implica que el derecho sólo va a regular las situaciones jurídicas que aparezcan después de que surja la norma. Eso es tan elemental como que todo el mundo sabe que lo que no está regulado hoy no es derecho, y en Cuba se está haciendo al revés. Esto pasa porque la incultura jurídica cubana es muy grande, la Constitución dice que el principio de aplicación del derecho en el tiempo en Cuba es la irretroactividad.

Hay una frase muy explicativa, un lugar común que se repite: "esto no es un problema jurídico, es un problema político". Esa también es una interpretación muy interesante, basada en la idea de que puede existir política sin derecho, política perfecta por cierto, porque no tienes regulaciones.

En Cuba el delito de discriminación no se tipifica en los tribunales, y es delito. Nadie acusa a nadie por racismo ante la Fiscalía, sin embargo, cuando hablas de este tema la gente hace acusaciones y publica sus problemas. También te encuentras carteles que dicen que la administración se arroga el derecho de admisión, este derecho en Cuba es el de la Constitución, no puede haber ninguna administración que vaya por encima de la misma. Pero eso también lo hemos aprendido, la idea de que la administración -al nivel que sea- es más importante que todo. La gente no tiene cultura de estos procesos y se cree que poner una demanda a un funcionario es un problema político, todo se ha confundido.

Otro ejemplo, el habeas corpus pertenece a la tradición de lucha, de resistencia progresista de nuestro país. A través de la apelación al mismo fueron liberados muchos revolucionarios. Es que es una garantía del derecho a un proceso justo y a que no haya violación de la libertad, de la movilidad del ser humano, es importantísimo ¿Dónde está el habeas corpus en Cuba ahora? En la ley de procedimiento penal, y ningún abogado la presenta porque se considera feo, porque implica que hay una detención irregular.

El sentimiento de fragilidad de la gente, de estar totalmente expuesto, de no saber si estás protegido, la idea de que el derecho no rige igual para todo el mundo, de la arbitrariedad, de que la interpretación es muy abierta, se ha hecho bastante común. Nuestro sistema no se basa en normas secretas, tienen que ser públicas, de lo contrario, no es derecho. La costumbre no es fuente de derecho, lo era antes, pero es que incluso para que sea, tiene que ser pública. Todo esto va de la mano con la falta de transparencia, del uso instrumental del derecho.

El derecho no es el ombligo del mundo, sencillamente tiene que acompañar, no como un espejo. En algunos casos es aspiración, puede ser el ingrediente que agiliza procesos de resistencia, de transformación.

Algunas experiencias en América Latina en los últimos años muestran un uso muy interesante del derecho, positivista e instrumental como lo propone el sistema, pero a favor de la sociedad, del pueblo. Ha habido procesos para defender comunidades indígenas, derechos sociales, acceso al agua, y es verdad que esto no resuelve problemas estructurales, pero molesta a los poderes dominantes del capitalismo y puede ser que en algún caso gane. Es algo en ese sistema. 

El tema de los derechos humanos está siendo superado por el pensamiento progresista en el mundo, hacia zonas mucho más radicales de esta misma interpretación y nosotros, que hemos logrado aquí los más difíciles de realizar, todavía tenemos concepciones reduccionistas y tímidas sobre los derechos civiles y políticos.

Fernando Luis Rojas (FLR): Uno de los anuncios de la reforma en Cuba es la modificación de la Constitución. ¿Cuáles aspectos considera deberían renovarse con urgencia y cuáles serían fortalezas inamovibles?

JAF: Nosotros seguimos teniendo una Constitución extrañísima para el contexto actual, es lógico, tenemos una Constitución socialista, es la única en este hemisferio y tiene una historia. Pero en el 2017, nuestra Constitución no habla de derechos humanos, tiene un parrafito del medioambiente introducido en el año '92, tiene contemplados menos derechos de los que la propia Revolución logró por el camino. Es decir, es una Constitución que se ha quedado detrás de la propia Revolución. En otros aspectos no es así, más bien se quedó en aspiración, porque también son letra muerta algunas propuestas y declaraciones que hace.

La actualización del modelo económico en Cuba ha logrado que la gente vuelva a algunas zonas del derecho, aunque desde un punto de vista también instrumental. La gente está yendo más a normativas, es lógico, tienen que saber qué pasa con el trabajo por cuenta propia, tienen que pagar impuestos, etc.  Incluso la gente cree que va a encontrar cosas en la Constitución que no están y, como no la conocen, van allí. La Constitución de nosotros es muy esquemática, tiene aspectos muy importantes, que son las que no se mencionan, eso también es muy interesante, por ejemplo, nadie habla del capítulo de Igualdad o de lo referido al Poder Popular.

Nosotros tenemos un régimen de derechos anticuados, que no le hacen ningún favor a las transformaciones en curso en Cuba. El régimen de garantías de los derechos es inexistente, los mecanismos para regular transparencia de la gestión burocrática del Estado no existen, eso estaba fuera de la imaginación de los constitucionalistas socialistas de los años setenta, y por lo tanto tenemos una Constitución que no menciona eso.

Nuestra Constitución no tiene regulaciones sobre el control social de los servicios públicos, menos todavía habla del presupuesto participativo, ni del derecho a la imagen, a la intimidad, a los datos privados, al control de los datos personales que el Estado usa. El mundo anda por otro lado; miras la Constitución de Ecuador y de Bolivia y te preguntas por qué razón Cuba no puede tener derechos especiales para las personas enfermas con VIH, cuando llevamos años con importantes logros en ese sentido.

Es como si en el mundo del derecho tuviéramos cincuenta años de atraso, pero no se habla de eso, porque está la concepción de que el derecho ata las manos del Estado. Es decir, ha habido otras prioridades, y en esas son en las que se ha avanzado. Ahora mismo la prioridad sigue siendo económica, nadie habla de la Constitución nueva, es secreta una vez más.

Estamos en el 2017, América Latina ha pasado por grandes procesos constituyentes desde los años noventa para acá y nosotros ahora estamos haciendo una Constitución nueva que es decisiva para el futuro del país, donde puede haber unos sistemas económicos y políticos nuevos, un proyecto de nación nuevo. La gente tiene que darse cuenta de que si te pueden cambiar el país con un Código de Trabajo, imagínate con una Constitución. El tema del empleo privado y las formas económicas nuevas tiene una cola enorme desde el punto de vista jurídico; la Ley de Inversión Extranjera cambia el país, pero al menos con la Constitución tiene que haber un gran debate, y no debería ser posterior.

Sí, la gente va a votar, pero el tema aquí no es el voto, el tema es aprovechar el momento para hacer un pacto social nuevo, que la gente se monte en eso, diga qué proyecto quiere, que se relance todo hacia el futuro de una forma diferente. Podría salir enriquecida la idea del socialismo.

Si ha habido una persona que se ha ocupado de que el derecho no se olvide para el socialismo en Cuba, ese ha sido Armando Hart, lo ha escrito muchas veces: "no puede haber socialismo sin derecho, sin legalidad", parecería una tontería porque es algo elemental, pero mirándolo de lejos ahora, era repetir y demandar algo que no se estaba incluyendo.

En la historia de la Revolución desde la guerra de independencia para acá -si se acepta la idea de la Revolución continuada-, el derecho ha sido fundamental. No se puede hablar, ya no de socialismo, sino de identidad nacional, de independencia, sin el derecho. Armando Hart decía una frase bonita, que trataba de sintetizar eso, algo así como que todas las revoluciones en Cuba se habían hecho para defender una constitución. Y es verdad históricamente hablando. Cuando empiezan las revoluciones de independencia, en vez de hacer un grito de guerra, armar una columna y empezar a dar machetazos, lo que hicieron fue la Constitución, una Constitución en la manigua. Cuando pierden la guerra hacen una Constitución, en el año 97 viene la de La Yaya. La República comienza con una Constitución; la revolución de los años treinta es contra la violación de la Constitución del 1901, que ahora puedes criticar muy fuerte por la Enmienda Platt y por todo lo demás, pero era la Constitución de la República, era la Constitución de la independencia de España, que todo el mundo sabía que era una independencia mediatizada, coja, pero los patriotas decían que era mejor eso a ser colonia. La revolución de los años cincuenta también es para defender la Constitución del 40, el Programa del Moncada lo dice claramente, "lo primero que vamos a hacer es poner la Constitución derrocada".

Esa es una tradición del pensamiento revolucionario cubano. Cuando triunfa la Revolución del 59 y viene la Ley Fundamental, todo el mundo se da cuenta de que hay una continuidad, la legalidad fuerte, la presencia del derecho, pero eso se fue convirtiendo solamente en un instrumento. Todavía la reforma de los años noventa se hace desde una Constitución, viene el IV Congreso, la reforma constitucional, y los cambios. Ahora se ha hecho exactamente lo contrario, incluso cuando aquello demostró ser eficaz.

Actualmente se han hecho todas esas leyes de nuevo, con otro nombre: Ley Tributaria, Ley de Inversión Extranjera, Código del Trabajo, nueva organización empresarial. En aquel momento hubo ley de perfeccionamiento empresarial, nuevas normas de cooperativas, se crearon las UBPC, etc. La diferencia es que ahora todo eso se ha hecho con la Constitución igual.

FLR: Uno de los temas fundamentales en la construcción del socialismo es justamente el de la propiedad. ¿Cómo evalúa su discusión en un momento tan decisivo para Cuba? ¿Cuáles son los retos desde la ciencia jurídica?

  JAF: Creo que uno de los problemas más graves que tiene la discusión sobre la propiedad en Cuba es justamente lo que hablábamos de la incultura jurídica, la incultura política, la incultura democrática sobre el debate; porque la participación popular aquí es decisiva para encontrar que hay otras alternativas de regulación de la propiedad que no son solamente las tradicionales. Es muy interesante que en la tradición socialista, en la tradición más democrática y revolucionaria y también en la republicana, se hable tanto de propiedad social, comunal o comunitaria, y que de esas no se habla ahora. Estamos actualizando el modelo y la propiedad que va a entrar es la privada, y es verdad que esta si no es exclusiva y excluyente no es contraria al socialismo, pero me parece muy extraño que no se prioricen otras formas, como las cooperativas, que dice la Constitución que tienen que ser las priorizadas en el socialismo y son más difíciles de lograr en Cuba hoy que un negocio privado, si te detienes en los procesos, los trámites, el tiempo, ves que demora veinte veces más.

A mí me parece que la actualización del modelo socialista se ha hecho siguiendo un patrón muy simple, porque la ingeniería republicana y democrática es mucho más compleja que la capitalista, que la capitalista antidemocrática, por lo tanto es muy fácil de un día para otro articular la propiedad privada que crear los espacios de economía colectiva, de propiedad común.  Digo que es difícil desde el punto de vista del pensamiento burocrático.

Fíjate cómo aquí hasta ahora lo que tenemos es propiedad personal. Creo que esa es una de las cuestiones más sinceras del constitucionalismo cubano, por eso durante muchos años la gente se ha quejado de no ser verdaderos propietarios de las cosas, no podían venderlas o comprarlas libremente. La propiedad personal significa que está mediada por el estado. La diferencia entre la propiedad personal y la privada es que la última incluye dentro de las facultades del propietario la de la libre disposición, que no es libre nunca, desde hace más de dos mil años hay normas de orden público que limitan el ejercicio de la propiedad en todos los sentidos. Pero específicamente en el caso nuestro, la diferencia está en que de forma expresa el Estado interviene diciendo que hay derechos de tanteo y de retracto para la compraventa de viviendas o de las tierras de lo agricultores pequeños, por ejemplo. El tanteo y retracto de la vivienda no estaba en la Constitución, sí en la Ley General de la Vivienda y ha sido derogado hace un tiempo. Había grandes limitaciones a la disposición, al acto de última voluntad, al acto testamentario a favor de familiares y de terceras personas. Todo eso también se modificó hace poco, es típico de una regulación de propiedad personal, como le llamamos aquí, pero mejor de ausencia de propiedad privada.


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