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“La República está pendiente porque está pendiente la soberanía del pueblo”. Entrevista

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Por Julio Antonio Fernández Estrada  (*)

 "La República está pendiente porque está pendiente la soberanía del pueblo, en todas partes, también en Cuba".

En el actual contexto que vive el país (y en medio de las transformaciones que pueden estar por llegar), el conocido jurista Roberto Veiga González ha dialogado con el jurista, historiador y profesor universitario Julio Antonio Fernández Estrada en torno al republicanismo como corriente política y filosófica presente en el mundo y en Cuba.

Algunos aseguran que las ideas del republicanismo son "cosas del pasado" y, además, que en el pasado deben quedar. ¿Qué opina al respecto? ¿Por qué estas personas podrían hacer dicha afirmación?

La República y el republicanismo son muy viejos. Algunos defienden que hubo república en el tránsito democrático ateniense. Los romanistas, en cambio, afirman que la primera república es romana y que la concepción de república es histórica, como respuesta a la monarquía derrocada con la expulsión del Rex Tarquino el Soberbio.

La respublicae es la cosa del pueblo, la cosa pública, el asunto del pueblo, la forma política popular, lo que significó en los momentos de su fundación la prohibición de la corona, del gobierno unipersonal, de la monarquía como forma de gobierno.

El populus romano de la época del fin de la monarquía y el inicio de la república, estaba compuesto por todos los ciudadanos, lo que significaba una cantidad de derechos públicos y privados. Entre los derechos de orden público estaba el de votar como parte de los Comicios Curiados, Centuriados y Tribales y, sobre todo, de elegir a los nuevos magistrados.

Otro derecho público era el de ser elegido para comenzar o continuar el cursus honorum o carrera política o administrativa, desde las menores magistraturas hasta el máximo pontificado.

Derecho público era el de ser convocado por el Tribuno de la Plebe y el de decidir en caso de apelación al pueblo en la llamada Provocatio ad populum.

Derechos privados eran el de participar del tráfico jurídico comercial, por lo tanto con prerrogativas para comprar, vender, contratar, enajenar bienes propios. Privado era el derecho a contraer matrimonio según el Derecho Civil romano, privativo de los ciudadanos y ciudadanas de Roma. También era un derecho privado el de otorgar testamento según el Derecho Civil estricto o el derecho pretoriano posterior.

Todo esto lo explico para dejar claro que la ciudadanía entrañaba derechos y deberes y era un estatus que se ansiaba, hasta el punto de darse en Roma guerras de dependencia, es decir, guerras por alcanzar el reconocimiento de algunos pueblos como romanos.

Los que no eran ciudadanos en Roma eran latinos, peregrinos o dediticios. Los latinos podían ser viejos, coloniales o junianos; los peregrinos eran extranjeros y los dediticios eran habitantes de pueblos que habían tenido que rendirse de forma incondicional al ejército romano o esclavos que habían sufrido penas infamantes como ser gladiador en el circo o trabajar en las plantaciones.

Los dediticios no llegaron a ser ciudadanos ni con la Constitución de Caracalla en el año 212 de NE, por la cual se declaraba la ciudadanía de todos los habitantes del imperio romano, a excepción de los primeros.

Los latinos llegaron a gozar de algunos de los derechos privados, pero nunca alcanzaron todos los públicos. Los junianos eran esclavos manumitidos no solemne de forma, que al ser libertos vivían una vida de ciudadanos pero no podían otorgar testamento. Su nombre viene de la Ley Junia Norbana, que regulaba este extremo y se decía de ellos que vivían libres pero morían esclavos.

El concepto de pueblo siempre fue exclusivo; en tiempos de la monarquía latina y etrusca fueron pueblo solo los patricios y paulatinamente se fueron sumando los plebeyos ricos, pero en este conglomerado no se incluía a los esclavos, que aunque no estaban privados de la protección del Derecho, sí lo estaban de la condición de ciudadanos.

Algunas veces he visto que se usa de forma metafórica la clasificación del Derecho de familia romano, que dividía a los miembros de una familia agnaticia o cognaticia, en sui iuris y alieni iuris para resaltar que los alieni iuris, es decir personas de derecho ajeno, estaban privados de libertad. Hay que aclarar que dentro de la familia heredaban antes que nadie al pater familias los hijos alieni iuris, porque si eran sui iuris significaba que estaban emancipados, que es una forma de decir desheredados.

Los alieni iuris no tenían patrimonio propio, pero esto fue paliándose con el régimen de los peculios, algunos de ellos de total administración por los hijos. Se trataba de bienes que los hijos poseían pero que eran propiedad del padre -también llegó a existir el peculio dado por la madre-, que solo les permitía disfrutarlos.

Un alieni iuris era en Roma toda persona que tuviera un antepasado varón vivo y que no hubiera sido emancipado por su pater familias lo que hace incorrecto considerarlo una persona sin derechos, porque hasta un general victorioso podía ser alieni iuris y, precisamente por eso, se fue abriendo paso la autonomía relativa de los hijos.

Los sujetos de derecho ajeno estaban protegidos por un severo régimen jurídico. Contra ellos no cabía acción civil y solo podían ser sujetos de obligación natural, además de que eran ciudadanos, su dependencia de un jefe de familia no los hacía perder su estatus de ciudadanía.

El pueblo romano cambió mucho durante la república. La prohibición de los matrimonios entre patricios y plebeyos quedó abrogada y estos últimos ocuparon, paso a paso, todas las magistraturas, originalmente aristocráticas. Al fin un plebeyo llegó a ser Pontífice Máximo y los Concilios de la Plebe aprobaron plebiscitos con carácter vinculante para todo el pueblo romano.

El Derecho Público era entonces el de la República, el del pueblo, el que alcanzaba por su carácter general a todos, a diferencia de lo que podía hacer un contrato o un pacto, solo concerniente a las partes o a terceros interesados. La diferencia fundamental entre Derecho Público y Derecho Privado es precisamente que el primero no puede ser modificado por pactos de los particulares. El Derecho Público se crea mediante leyes, edictos, senadoconsultos, mientras el Derecho Privado se crea por acuerdos que no son más que leyes para los concertantes pero no para el resto de la sociedad.

El Derecho Público es el Derecho de la república porque esta se regula en Roma por leyes, edictos, jurisprudencia, constituciones imperiales, durante siglos, para dejar aclarada en las fuentes del Derecho Romano original la historia, la teoría y las instituciones jurídicas y políticas de la República.

En la antigüedad no se hablaba del Estado, de la manera en que nosotros hoy hablamos de él se mencionaba antes a la civitas, la república, el reino. La cosa pública no era entonces la cosa del Estado, como se considera mayormente hoy. La historia del Derecho, de la Filosofía del Derecho y de la Filosofía Política, desde el medioevo hasta nuestros días, es también la de la tergiversación, olvido, confusión o eliminación de las instituciones republicanas del Derecho y de la política.

Lo primero que se logró por el pensamiento, la acción y la teoría anti-democrática y anti-republicana fue eliminar al pueblo de la fórmula del Derecho Público. Se le ha llamado derecho estatal por una parte o se ha llegado hasta presentarse la fórmula exitosa de la soberanía de la nación, preferible al pueblo que puede salir "mandón".

Algunos grandes juristas del siglo XIX llegaron hasta a negar la existencia del Derecho Público como parte del Derecho Civil romano; es decir, llegaron a borrarlo del Derecho de la ciudad, en una desesperada pero inteligente maraña de eliminación del sujeto creador y destinatario del Derecho Público: el pueblo.

No hay República sin Derecho Público, por eso la disminuida fórmula que reduce el Derecho Público al que está determinado por intereses estatales, no solo olvida su origen sino que deslegitima instituciones históricas del Derecho como son la derogación popular del Derecho por el desuso de una norma por la mayoría, la apelación al pueblo en caso de posible máxima pena, entre otras.

La República no es cosa del pasado. Por ella se ha luchado mucho desde que se defiende la democracia. La idea de que la República es algo superado en Cuba es un disparate en toda la línea, primero porque es todavía nuestra forma de gobierno dentro del socialismo. Es, además, uno de los pilares del pensamiento martiano y uno de los tesoros de su testamento político: la República con todos y para el bien de todos que es enunciado constitucional desde 1992.

La República es uno de las banderas de la lucha por la independencia en Cuba, siempre se ha luchado por una República, así se ha hecho desde Guáimaro hasta la Constitución socialista.

La confusión dentro de nuestra historia entre República como ideal, como forma de gobierno, como régimen de libertad y legalidad, con la experiencia histórica de la República neocolonial, es una reducción tan tonta, que parece un motivo solo para cerrar el diálogo.

La República de 1902 a 1959 es solo una parte de la historia republicana cubana. Republicanos fueron Infante, Céspedes, Agramonte, Maceo, Martí, también lo fue Juan Gualberto Gómez, Mella, Villena, Roa, Pablo de la Torriente, Marinello, Blas Roca, Lázaro Peña, Guiteras. En la Sierra Maestra y en los llanos cubanos se luchó por una República, nunca por algo diferente, y así lo hicieron Fidel, Frank País, Vilma, Celia, Camilo, Haydee Santamaría, José Antonio Echeverría, Fontán.

El programa del Moncada comenzaba por plantearse la necesidad de rescatar a la Constitución derrocada, la de 1940, que es una constitución republicana ejemplar.

La justificación misma de las acciones de los asaltos a los Cuarteles Moncada y Céspedes, es la defensa de la República ultrajada por el golpe de Estado de Batista.

No sé cómo se puede decir que la República es cosa del pasado. Confundir a la República y al republicanismo solo con la República neocolonial, es como confundir al socialismo con el de Europa del Este, con el llamado socialismo real. Si defendemos que nuestro socialismo es diferente, entonces se debe comprender que cuando hablamos de República hacemos referencia a una diferente a aquella, más justa, más igualitaria, más solidaria, más legalista, menos corrupta, menos violenta, más democrática y más protectora de los derechos humanos.

¿Cuáles son los asideros históricos, sociales y culturales de las ideas republicanistas? ¿Cuánto de ello se expresa en los actuales imaginarios sociales, culturales, económicos y políticos? 

Los asideros históricos del republicanismo están en su inconcluso programa de justicia social, democracia, igualdad, legalidad, fraternidad. La libertad no ha sido alcanzada en la mayor parte de las formas de organizaciones políticas y económicas que hasta hoy han existido, por lo tanto la República y el republicanismo tienen mucho que proponer todavía.

El republicanismo tiene el gran problema de confundirse, no solo, como en el caso cubano, con la República mediatizada, sino con el programa político y de gobierno de un partido tan conservador como el Republicano, de Estados Unidos de América. Pero al republicanismo que hacemos referencia no tiene nada que ver con ese partido.

La República federal y presidencialista de Estados Unidos de América nació como un proyecto político para detener a la democracia y destruir, a su vez, el régimen colonial inglés. La Constitución norteamericana de 1787 crea una República no democrática, en la línea de la propuesta kantiana de república aristocrática y usa como elementos limitantes de la democracia o de la república popular, a los principios de representación política y división de poderes.

Es muy llamativo que hasta la publicación en 1835, por Alexis de Tocqueville, de la "Democracia en América", nunca antes se llamara al orden político de Estados Unidos de América, una democracia. Algunos de los más importantes padres fundadores de la nación estadounidense dejaron claro que la república que querían no podía ser la del populacho.

La historia de la República democrática es otra, sus próceres, héroes y heroínas, son otros; en esta lista están los hermanos Graco, Marat, Robespierre, Bolívar, Martí, Marx.

Al defender el republicanismo hoy lo hacemos no solo de una forma de gobierno, sino de una cultura de igualdad, inclusión, participación, deliberación, no discriminación, legalidad, transparencia, responsabilidad social, solidaridad, soberanía popular, propiedad comunal, disfrute de las cosas comunes, compromiso con el futuro de la humanidad, aceptación de la diferencia, y con la intolerancia solo para los intolerantes, porque estos quieren ofender la ley del pueblo.

La República como forma de gobierno tiene un contenido que no evaluamos en su justa medida. Significa soberanía del pueblo, responsabilidad del gobierno ante la ley, elección de los cargos públicos, carácter revocable de los funcionarios de la Administración Pública, carácter colegiado de las instituciones estatales y de decisión administrativa, y renovación de los cargos estatales.

La República debe dejar claro lo que no puede ser. El jefe de Estado no puede ser vitalicio, la ley no puede ser secreta ni puede aprobarse de espaldas al pueblo, nadie puede estar por encima de la ley, y nadie puede vivir dentro de una casta cerrada al resto de la sociedad.

¿Cuáles son los vínculos del republicanismo con la historia y cultura cubanas? ¿Cuánto pueden ofrecer actualmente al país los ideales, fundamentos y proyecciones del republicanismo? 

Ya he hablado de nuestra historia republicana. La cultura nacional está ligada a la aspiración de una República para los cubanos y cubanas. La nación cubana nace junto al republicanismo. La libertad que se quiso se soñaba en una República, con formas más o menos independientes, pero una República.

Los mambises crearon una República de Cuba en Armas que consideró el inicio de la República cubana, mucho antes de 1902. En la manigua se gobernó, se administró, se legisló, se hizo diplomacia, se dirigió la guerra, se coordinó la paz, se acuñó moneda, se conspiró con naciones amigas, se espió al enemigo: me parece suficiente para una República. La Comuna de París duró menos y su forma republicana modélica no se discute; no sé por qué deberíamos discutir que tuvimos República antes de 1902, con tanta experiencia republicana de la que tenemos pruebas, entre 1868 y 1898.

La República todavía es un asidero, hay que hacer, por lo menos, realidad el sueño de Martí de una República con todos y para el bien de todos. La República democrática está pendiente, debemos construirla entre todos, toda la inteligencia del pueblo es necesaria. Pero no partimos de cero, lo que se ha logrado por los cubanos y cubanas se debe preservar, desde la Demajagua hasta hoy. Sin la Revolución cubana triunfante en 1959 no tiene sentido la lucha por la República democrática del presente, porque hemos avanzado mucho pero no basta. La libertad y la democracia no se agotan por un proceso de cambios, incluso si estos son radicales: se debe mantener en permanente revisión las necesidades de la gente.

¿Qué espacios legales e institucionales serían indispensables para que las ideas republicanistas sean parte efectiva del presente cubano?

Creo que las ideas republicanistas son parte del presente, porque muchos defendemos que el socialismo debe ser el resultado, entre otras cosas, de una conjunción entre democracia y república.

La República necesita de la legalidad para vivir. Sin creación popular del Derecho, sin control por el pueblo de lo que está pendiente por ejecutarse o derogarse, la República comienza a ser una caricatura.

La idea de que nadie esté por encima de la Ley es central en la República. Donde antes había relaciones de vasallaje las revoluciones de finales del siglo XVIII pusieron a la ley. Si en las sociedades actuales las personas, los ciudadanos y ciudadanas, se sienten expuestos a la injusticia, la arbitrariedad, la impunidad, el secreto de Estado, los temas sensibles, la censura, etc., es porque la legalidad está pendiente y por lo tanto está pendiente la República.

La República no es nada sin sufragio universal, sin revocación de mandatos, sin rendición de cuentas de los electos; pero si el pueblo no entiende que esto es importante no es por causa de su brutalidad, sino por la aprendida inutilidad de las anteriores instituciones, traicionadas por rituales, demagogia, y burocratismo.

La República está pendiente porque está pendiente la soberanía del pueblo, en todas partes, también en Cuba.

(*) Julio Antonio Fernández Estrada. Licenciado en Derecho y en Historia. Doctor en Ciencias Jurídicas. Profesor Titular. Docente desde 1999 en la Universidad de la Habana, con experiencias en cursos presenciales, y semipresenciales. Profesor de la Facultad de Derecho de 1999 a 2008 y en las filiales universitarias de 2008 a 2012. Fue profesor e investigador del Centro de Estudios de Administración Pública de la UH de 2012 a 2016. Ha publicado libros, ensayos académicos y artículos sobre temas jurídicos.

Fuente: https://cubaposible.com/julio-fernandez-estrada-republica/


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